APLICACIÓN DE LAS NIAA EN EL ECUADOR

Antecedente Según Resolución No. 06.Q.ICI.003 de 21 de agosto del 2006, el Señor Superintendente de Compañías, resolvió disponer la adopción de las normas internacionales de auditoria y aseguramiento “NIAA”, a partir del 1 de
enero del 2009, tal como se indica en el Artículo 2 de dicha resolución. En tal sentido, es muy importante resaltar algunos aspectos referentes a esta normativa profesional que se aplica en la mayoría de países miembros de la
Federación Internacional de Contabilidad (IFAC según sus siglas en Ingles), y que en el nuestro es aplicable desde el ejercicio económico 2009.

Introducción

Las NIAA son un conjunto de principios, reglas o procedimientos que obligatoriamente debe seguir o aplicar el profesional Contador Público que se dedique a labores de auditoria de estados financieros, con la finalidad de evaluar de una manera razonable y confiable la situación financiera de la empresa o ente por él auditados, y en base de aquello le permita emitir su opinión en forma independiente con criterio y juicio profesionales acertados. Estas normativas tienen un rango superior al haberse introducido el acápite del Aseguramiento, con el fin de proporcionar un alto nivel de seguridad por cuanto el Contador Público debe evaluar adecuadamente el riesgo de auditoria, que da inicio desde los aspectos previos a la contratación, siguiendo con la Planeación hasta concluir con el Informe, proporcionado de esta manera un alto índice de confianza a los diferentes usuarios de los estados financieros, y por consiguiente la correspondiente credibilidad de sus contenidos.

Alcance

El alcance del presente resumen se refiere exclusivamente a los servicios profesionales de auditoria de estados financieros, por consiguiente el enfoque de las NIAA se circunscriben a estos trabajos. Para la correcta aplicación del
Aseguramiento, es indispensable que el auditor persona natural o jurídica, establezca o al menos defina entre otras, las siguientes actividades:

  1. Evaluación previa: Si el usuario solicita la presentación de una oferta, ésta no puede ser habilitada sin antes haber realizado una evaluación general al entorno del negocio de un potencial cliente, actividad que en forma documentada (escrita) definir la solvencia del sistema de control interno, midiendo posibles riesgos que serán analizados por un profesional del Estudio Contable que cuente con la debida experiencia.
  2.  Presentación de oferta: Una vez efectuada la evaluación previa, el auditor está· en capacidad de presentar la oferta de sus servicios, con conocimiento razonable de las operaciones de su potencial cliente. Como norma indispensable, no sólo de ética profesional sino además de responsabilidad, jamás se debe ofertar servicios en forma telefónica, e-mail, fax, etc., sin percatarse ni conocer los elementos básicos que le permitan formarse un criterio técnico de las características del negocio que solicita sus servicios.
  3. Aceptación de un cliente: El auditor está· en plena capacidad de aceptar o rechazar a un determinado cliente, particularmente si sus operaciones presentan algún tipo de riesgo que le vincule con el objetivo básico de la auditoria de estados financieros: la opinión. Este comentario incluye a clientes recurrentes,
    que en un determinado momento han deteriorado su sistema de control interno o que no han adoptado las medidas correctivas para mejorar el mismo. Así mismo desde mi punto de vista profesional, ningún auditor debería aceptar un trabajo de auditoria financiera que no se encuentre dentro de sus capacidades profesionales.
  4. Desarrollo de la auditoria: A partir de la fase o etapa de la Planeación de la auditoria financiera, ésta se desarrollará siguiendo los lineamientos ya conocidos por todos quienes han ejercicio esta actividad, y que considero no son necesarios insertarlos en el presente resumen.
  5. Evaluación de riesgos en el desarrollo de la auditoria financiera: En la etapa de la Planeación de auditoria y en las restantes fases del examen, queda entendido que el auditor en forma permanente pondrá· mucho cuidado para evaluar los riesgos; que la supervisión mantendrá· estándares altos de revisión in situ y en las oficinas del Estudio Contable, que la medición y obtención de la certeza razonable sea la apropiada, pertinente y documentada, con el fin de asegurar la calidad deseada y obtener los propósitos o el objetivo de dicha auditoria.
  6. Obtención de niveles de certeza: La certeza bajo el marco conceptual de las normas internacionales de auditoria, se entenderá como: “La satisfacción en la cual se basa el auditor con la finalidad de confiar en una aseveración realizada por un tercero (administración del ente auditado), para ser utilizada por otra parte (usuario)”. El auditor como resultado de sus pruebas pondera las evidencias obtenidas en base a los procedimientos aplicados, posición que le habilita para expresar sus conclusiones. Es indudable que existen limitaciones inherentes en cualquier sistema de contabilidad y de control interno, las que deberá analizar y evaluar el auditor con el fin de medir el grado de repercusión que éstas tienen en la presentación de los estados financieros. En los trabajos de auditoria financiera, el auditor está en la obligación de proporciona un alto nivel, de ninguna manera absoluto, de certeza de que las aseveraciones o asunciones insertas en la información suministrada sujeta a auditoria financiera, está libre de representaciones erróneas e inexactas de carácter sustancial o de importancia significativa. Esta circunstancia es expresada positivamente por el auditor en el
    dictamen u opinión, como certeza razonable.
  7. Contratos de Aseguramiento: La Norma Internacional específica sobre Contratos de Aseguramiento (Internacional Standard on Assurance Engagements (ISAE), en inglés), difunde el marco conceptual enfocado a los trabajos de aseguramiento cuya intención es la de proveer un nivel de seguridad, bien sea alto o moderado, según los convenios previos entre las partes contratantes. Así mismo, define los principios básicos o elementales y establece guías o procedimientos esenciales para que sean observados por los contal desarrollar esta práctica profesional independiente, cuyo objetivo o intención es proveer un nivel alto de seguridad. Es de advertirse que esta Norma no define los principios básicos ni los procedimientos esenciales, para los contratos que tienen como finalidad proporcionar niveles de seguridad moderados. De igual forma, la Norma enunciada para un contrato específico de Aseguramiento, no aplica a una auditoria o revisión de estados financieros, en su contexto específico; el ASEGURAMIENTO bajo las NIAA tiene otro objetivo, tal como se ha expresado anteriormente.
  8. Controles de calidad: Un auditor debe acatar las normas de control de calidad que sean obligatorias en el país emitidas por la Profesión o por las autoridades de control; por otro lado, cada Estudio Contable, sin importar el tamaño de su despacho está en la obligación de implementar por escrito las normas o procedimientos de controles de calidad que aplicará para el desempeño de sus funciones. Al referirnos a los lineamientos que se deben observar al establecerse controles de calidad en un Estudio Contable, se enumeran entre otros a los siguientes, como indispensables:
    a) Los miembros de la organización deben adherirse como mínimo, con los requisitos promulgados por la IFAC en el Código de ética para contadores públicos profesionales; de igual forma, están obligados a regirse por las propias normas éticas del país donde desempeñan sus funciones;
    b) Acatarán las disposiciones legales vigentes en cada país, en este caso Ecuador y las normas de calidad que regula la organización profesional que nos agrupa. ¿En los actuales momentos, está en funciones la Federación Nacional de Contadores del Ecuador, como máximo organismo que regula el ejercicio de la profesión contable? Es una pregunta que debe ser contestada por cada uno de los contadores de nuestro país; y,
    c) Las normas de calidad emitidas por la IFAC, pueden variar según la legislación de cada país, sin embargo se debe observar los siguientes conceptos: La mayoría de los socios del Estudio Contable, deben ser miembros idóneos. Debe existir la seguridad que la Firma es independiente, y que todos los socios y demás personal son honestos y dignos de confianza, medidos a toda prueba en los aspectos de confidencialidad y reserva profesional sobre la información de terceros. Una garantía segura y firme, que el personal de auditores asignado es supervisado adecuadamente. Debe existir un acuerdo escrito de cumplimiento dentro de la Firma, para discutir y buscar soluciones idóneas y técnicas, cuando surjan diferencias de criterio u opinión sobre cualquier tema profesional. Deben existir procedimientos razonables para la contratación y promoción del personal profesional. Que existan criterios claros y profesionales en el contexto de los socios y personal de alto rango de la Firma, para la admisión y permanencia de los clientes. La adhesión de los miembros de la Firma o Estudio Contable, a los programas de desarrollo profesional.

Este resumen sobre el tema propuesto puede ser de poca, alguna o ninguna utilidad para los lectores, particularmente para los contadores públicos que ejercen en forma independiente la actividad de auditoria financiera, sin embargo he considerado muy importante esbozar los comentarios anteriores.

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